°. Cesión de la autorización de ensamble . Las autorizaciones a que se refiere el presente decreto, no podrán cederse sin el consentimiento previo y expreso del Ministerio de Desarrollo Económico. La cesión sin el consentimiento previsto en el presente artículo, no produce efecto alguno. El trámite para la autorización de la cesión a que se refiere el presente artículo, será determinado por el Ministerio de Desarrollo Económico y requerirá la presentación de la información indicada en el artículo 1° del mismo, pero referida al cesionario.
Decreto 1250 de 1998 →Vigente
Artículo 6
Cesión De La Autorización De Ensamble
Decreto 1250 de 1998 · por el cual se señalan los requisitos para la expedición de la autorización de ensamble.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.