Micelio

Artículo 3

Ley 2 de 1989 · por la cual se autoriza al Gobierno Nacional para establecer el subsidio al servicio público de transporte colectivo de pasajeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Gobierno Nacional para que a partir de la vigencia de la presente Ley establezca, basado en las condiciones y características socio-económicas de la población servida, la forma de administración, distribución, requisitos para el cobro, pago, término y vigencia de este subsidio teniendo en cuenta el monto global que se destine para estos efectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1989