Micelio

Artículo 2.4.2.4.1.5

Enfoques

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Enfoques. Las estrategias, programas, proyectos y líneas de acción asociadas a la Política Pública Integral de Libertad Religiosa y de Cultos, tendrán en cuenta en su implementación y seguimiento los siguientes enfoques:

a)

Enfoque territorial: Propende por el fortalecimiento de las facultades de las entidades territoriales en articulación con el Gobierno nacional, el Ministerio Público y demás Entidades Públicas de carácter nacional o territorial, para la resolución de sus problemáticas y su relacionamiento con las entidades religiosas y sus organizaciones; al mismo tiempo que reconoce las formas organizativas y el accionar y aporte que tienen las comunidades religiosas en el territorio;

b)

Enfoque de identidad religiosa: Propende por el reconocimiento de las formas propias en que cada entidad religiosa y sus organizaciones se autodefine en relación con la sociedad y el Estado. También busca fortalecer y validar su expresión pública y los fines sociales, culturales, educativos y demás dimensiones del actuar religioso, además de los relacionados propiamente con el culto; lo anterior como parte integral de todos los ámbitos de ejercicio de los derechos en la materia;

c)

Enfoque de institucionalidad religiosa: Propende por el fortalecimiento y reconocimiento estatal de la expresión jurídica de las entidades religiosas y sus organizaciones para garantizar la titularidad y el goce efectivo de los derechos colectivos de libertad religiosa, de cultos y demás derivados de sus ámbitos de acción, participación y aporte al bien común.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015