º. La creación del prima técnica deberán acompañarse de los siguientes documentos
Certificado en el cual conste que en el rubro correspondiente existe, durante la respectiva vigencia, disponibilidad presupuestal hasta por un cincuenta por ciento (50%) de la remuneración actual del empleo o empleos para los cuales se pretende crear prima técnica. En caso de que no hubiere disponibilidad por dicha cuantía, deberá certificarse el monto de la existente en el respectivo rubro.
Exposición de motivos del ministro o jefe de departamento administrativo correspondiente en la cual se justifique la creación de prima técnica para cada empleo.
Certificado en que conste
La ubicación del empleo dentro de la estructura del organismo;
La providencia mediante la cual se expidió el manual descriptivo de funciones del organismo y si fue refrendado por el Departamento Administrativo del Servicio Civil.