Micelio

Artículo 1

Aprobación Del Programa De Enajenación

Decreto 2305 de 2016 · por el cual se aprueba el posee en Programa de Enajenación de las acciones que Ecopetrol S. A. la Empresa de Energía de Bogotá S. A. E.S.P.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aprobación del Programa de Enajenación. Apruébese el Programa de Enajenación (en adelante el “Programa”), en los términos previstos en el presente decreto, de seiscientas treinta y un millones noventa y ocho mil (631.098.000) acciones ordinarias (en adelante las “Acciones”) que Ecopetrol S. A. (en adelante “Ecopetrol” o el “Enajenante”) posee en la Empresa de Energía de Bogotá S. A. E.S.P. (en adelante la “EEB”), equivalentes al seis coma ochenta y siete por ciento (6,87%) del capital suscrito y pagado de dicha sociedad.

Parágrafo

La totalidad de las Acciones se encuentran desmaterializadas y depositadas en el Depósito Centralizado de Valores de Colombia, Deceval S. A. (“Deceval”), por lo que esta entidad ejerce la custodia y administración de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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