Créase La Medalla Militar “alumno Distinguido De La Escuela De Formación De Infantería De Marina”, Que Será Impuesta Al Alumno Que Además De Los Requisitos Establecidos En El Artículo 9 Del Decreto 4444 Del 29 De Noviembre De 2010, Cumpla Con Los Siguientes Requisitos Para Su Otorgamiento, Así: 1
Decreto 151 de 2014 · por el cual se crea la Medalla Militar “Alumno Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina” y se adiciona el Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010.
01
El texto del artículo
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°. Créase la Medalla Militar “Alumno Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”, que será impuesta al alumno que además de los requisitos establecidos en el artículo 9 del Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010, cumpla con los siguientes requisitos para su otorgamiento, así
1.
Obtener un promedio de calificaciones de 10/10 en conducta.
2.
Aptitud Militar 9/10, Ninguna nota, de los conceptos que la integran puede ser inferior a 8.5/10.
3.
Académico ponderado 9.0/10.
4.
Ninguna materia al finalizar el período académico puede tener nota inferior a 8.5/10.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.