Micelio

Artículo 9

º

Decreto 82 de 1995 · por el cual se modifica la remuneración del personal del Escalafón Nacional Docente y se dictan otras disposiciones salariales para el sector educativo oficial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . En cualquier momento la autoridad nominadora podrá ordenar la suspensión de la prestación del servicio por horas extras o la terminación de la vinculación por hora médica u odontológica, cuando desaparezca la necesidad como consecuencia de la disminución de la demanda del servicio por deserción de alumnos, cierre total o parcial del establecimiento educativo, por reubicación de docentes o por cualquier otro motivo que a juicio de dicha autoridad justifique tal suspensión o terminación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 82 de 1995