Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional

Decreto 913 de 1968 · Por el cual se hacen unos traslados dentro de las apropiaciones del presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional. CONTRACREDITOS Programa 05 Construcción Carreteras Troncales Artículo 14. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Troncal Transversal Turbo-Villavicencio 3.000.000.00 Proyecto 3. Bogotá-Crucero-Cota-Mosquera 3.000.000.00 Programa 06 Construcción de otras carreteras Artículo 16. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras 5.249.105.75 Proyecto 13. Tuluá-río Frio 249.105.75 Proyecto 56. Cota-Funza-Mosquera 5.000.000.00 Total contracréditos $ 8.249.105.75 CREDITOS Programa 05 Construcción Carreteras Troncales Artículo 13. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Panamericana 3.000.000.00 Proyecto 5. Bogotá-Fontibón 3.000.000.00 Programa 06 Construcción de otras carreteras Artículo 16. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras 5.249.105.75 Proyecto 72. Vías en el Centro Administrativo Nacional 5.000.000.00 Proyecto 75. Miranda-Florida-Pradera-Palmira 249.105.75 Total créditos 8.249.105.75

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 913 de 1968