Micelio

Artículo 30

Decreto 1843 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los requisitos para realizar ensayos con plaguicidas en el territorio nacional . Para cada plaguicida que se utilice en experimentación se debe obtener permiso especial previo del Ministerio de Salud, el interesado deberá hacer la solicitud ante el Ministerio de Salud, a través de la División de Sustancias Potencialmente Tóxicas, con la siguiente información, de acuerdo al sujeto de experimentación: agrícola, pecuario o salud pública

a)

Agrícola. - Entidad o persona responsable del ensayo; - Ubicación del sitio de experimentación (predio - vereda - municipio - departamento); - Motivo del ensayo; - Cultivos en que va a efectuar y destino de la cosecha; - Condiciones de campo y área aproximada (invernadero - cielo abierto); - Fase de desarrollo del plaguicida; - Identificación del producto: Código, nombre o grupo químico; - Propiedades físicas y químicas del Plaguicida (principio activo y demás componentes); - Información de toxicidad de acuerdo con las fases de desarrollo del producto; - Información sobre riesgo ambiental; - Cantidad de la muestra solicitada sujeta a limitaciones por razones técnicas (toxicidad, impacto ambiental u otros); - Cronogramas del ensayo; y - Relación del personal que va a intervenir en el ensayo

b)

Pecuario. Además de la anterior información, en lo pertinente, incluírá la siguiente: - Especie animal hospedadora (reservorio) de la plaga objeto de control; - Metabolismo sobre eliminación de residuos o metabolitos del plaguicida (información pertinente); - Destino final de los animales sujetos materia de experimentación y sus productos.

c)

Salud pública. La información pertinente de la contenida en los literales a) y b).

Parágrafo

El Ministerio de Salud establecerá para cada fase del desarrollo del producto la información pertinente requerida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1843 de 1991