°. Modificar el
adicionado al artículo 4° del Decreto 2965 de 2008 por el artículo 10 del Decreto 2380 de 2009, el cual quedará así: “
Las plantas de beneficio animal que se acojan al Plan de Racionalización deberán presentar el Plan Gradual de Cumplimiento de acuerdo con los resultados del Plan de Racionalización de Planta de Beneficio Animal – PRPBA, a más tardar el 30 de junio de 2010. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, tendrá un plazo de tres (3) meses, prorrogables por otro término igual contados a partir de la mencionada fecha, para la aprobación de los Planes Graduales de Cumplimiento de las Plantas de Beneficio de las especies que se acojan a los Planes de Racionalización”.
Artículo 4 DECRETO 2965 de 2008