º . Fechas de expedición de Títulos de Tesorería -TES- Ley 546. Para hacer efectivo el pago de los alivios hipotecarios a las entidades acreedoras de conformidad con la Ley 546 de 1999, la expedición de Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 se realizará el día veintiocho (28) de cada mes, iniciando en septiembre de 2008 y hasta julio de 2009.
Para la expedición de los Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 en las fechas establecidas en el presente artículo, se aplicará el procedimiento previsto por el artículo 3º del Decreto 249 de 2000 modificado parcialmente por el articulo 2º del Decreto 2221 de 2000.