Micelio

Artículo 9

La Imprenta Nacional Cobrará A Las Entidades Usuarias Del Servicio Un Diez Por Ciento (10%) Más Sobre Los Costos Totales De La Obra, Con El Objeto De Acrecentar El Fondo De Trabajo A Que Se Refiere El Artículo Anterior

Decreto 3314 de 1963 · Por el cual se reorganiza el servicio de impresión de publicaciones en el Gobierno Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Imprenta Nacional cobrará a las entidades usuarias del servicio un diez por ciento (10%) más sobre los costos totales de la obra, con el objeto de acrecentar el Fondo de Trabajo a que se refiere el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3314 de 1963