Micelio

Artículo 1

La Constancia De Notificación Personal A Que Se Refiere El Artículo 194 Del Código De Procedimiento Penal, Consistirá En La Radicación De Copia De La Parte Resolutiva De La Providencia Comunicada, En La Dirección O En La Asesoría Jurídica Del Establecimiento De Reclusión

Decreto 2545 de 1997 · por el cual se reglamenta el artículo 194 del Código de Procedimiento Penal, se adopta el Formato Unico Nacional de Prontuario y Cartilla Biográfica y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La constancia de notificación personal a que se refiere el artículo 194 del Código de Procedimiento Penal, consistirá en la radicación de copia de la parte resolutiva de la providencia comunicada, en la Dirección o en la asesoría jurídica del establecimiento de reclusión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2545 de 1997