Sujeción al régimen unificado de contraprestaciones . Los concesionarios de los servicios auxiliares de ayuda estarán sujetos de manera general a los trámites para la liquidación, cobro, recaudo y pago por concepto de las contraprestaciones por las concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones establecidos en el Decreto 1972 de 2003 o régimen unificado de contraprestaciones.
Decreto 1212 de 2004 →Vigente
Artículo 12
Sujeción Al Régimen Unificado De Contraprestaciones
Decreto 1212 de 2004 · por el cual se reglamentan los Servicios Auxiliares de Ayuda, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.