º Las planillas de jornales y demás cuentas de los gastos que se causen en los trabajos que se dejan dispuestos, visadas por el respectivo Director especial, serán cubiertas por el Tesorero de cada camino, de los fondos que reciba para los gastos de toda la vía, incorporadas en la cuenta mensual de inversión que debe rendir.
Decreto 204 de 1921 →Vigente
Artículo 3
Las Planillas De Jornales Y Demás Cuentas De Los Gastos Que Se Causen En Los Trabajos Que Se Dejan Dispuestos, Visadas Por El Respectivo Director Especial, Serán Cubiertas Por El Tesorero De Cada Camino, De Los Fondos Que Reciba Para Los Gastos De Toda La Vía, Incorporadas En La Cuenta Mensual De Inversión Que Debe Rendir
Decreto 204 de 1921 · Por el cual se disponen trabajos de localización del trazado ya hecho en dos trayectos de los caminos nacionales de Chipaque al Meta y de Bogotá a Cabuyaro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.