De la demanda para que se rindan cuentas se da traslado al demandado por tres días.
A ella debe acompañar el demandante una prueba, siquiera Sumaria, en que apoye su derecho.
Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
De la demanda para que se rindan cuentas se da traslado al demandado por tres días.
A ella debe acompañar el demandante una prueba, siquiera Sumaria, en que apoye su derecho.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.