Micelio

Artículo 5

Decreto 1589 de 1977 · Por el cual se crea el Consejo Técnico Asesor para la Aviación Agrícola

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. La dirección y funcionamiento del Consejo estará a cargo de un Secretario Ejecutivo, el cual será un Profesional Ingeniero Agrónomo de la División de Regulación Técnica del Ministerio de Agricultura. El Secretario tendrá voz pero no voto en las reuniones del Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1589 de 1977