Micelio

Artículo 10

Comisión Intersectorial De Zonas Francas O Quien Haga Sus Veces

Decreto 2682 de 2014 · por el cual se establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Costa Afuera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisión Intersectorial de Zonas Francas o quien haga sus veces . Cuando se presente una solicitud de Zona Franca Permanente objeto de este Decreto, el Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, será invitado permanente a la Comisión Intersectorial de Zonas Francas o quien haga sus veces, y tendrá voz en las discusiones de la Comisión. El Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, podrá delegar su participación en uno de sus Vicepresidentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2682 de 2014