Micelio

Artículo 12

Giro De Los Recursos Del Saldo De Ahorros De Los Departamentos Y Municipios Ahorradores En El Fondo De Ahorro Y Estabilización Petrolera, Faep

Decreto 3668 de 2009 · por el cual se definen los criterios y procedimientos para la distribución y giro de los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera de que trata el artículo 45 de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Giro de los recursos del saldo de ahorros de los departamentos y municipios ahorradores en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera, FAEP . El giro de los recursos de que trata el presente artículo se realizará por la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, a las IPS acreedoras de conformidad con las normas legales vigentes, una vez se compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y en el presente decreto, previa solicitud del Ministerio de la Protección Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3668 de 2009