º El Jefe de la Oficina Nacional de Precios será nombrado por el Presidente de la República y tendrá jurisdicción en todo el territorio de la Nación.
Decreto 2004 de 1947 →Vigente
Artículo 2
El Jefe De La Oficina Nacional De Precios Será Nombrado Por El Presidente De La República Y Tendrá Jurisdicción En Todo El Territorio De La Nación
Decreto 2004 de 1947 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre control de precios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.