º. El período institucional de los actuales Directores Generales de Corporaciones Autónomas Regionales y de Régimen Especial vence el 31 de diciembre de 1997; sin embargo, continuarán en el ejercicio del cargo hasta cuando el nuevo Director tome posesión del mismo.
Decreto 2555 de 1997 →Vigente
Artículo 7
El Período Institucional De Los Actuales Directores Generales De Corporaciones Autónomas Regionales Y De Régimen Especial Vence El 31 De Diciembre De 1997; Sin Embargo, Continuarán En El Ejercicio Del Cargo Hasta Cuando El Nuevo Director Tome Posesión Del Mismo
Decreto 2555 de 1997 · por el cual se establece el procedimiento para la designación del Director General de las Corporaciones Autónomas Regionales y de las Corporaciones de Régimen Especial y se adoptan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.