Micelio

Artículo 12

Decreto 467 de 1986 · por el cual se establece el Régimen Administrativo de las Intendencias y Comisarías y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ORIGEN DE LOS ACUERDOS. Los proyectos de Acuerdo pueden ser presentados por cualquiera de los Consejeros o por el respectivo Intendente o Comisario. Se exceptúan aquellos que se refieran a las materias contempladas en los literales b), d) e) y f) del artículo 6º de este Decreto: los que decreten inversiones y participaciones de fondos Intendenciales o Comisariales, cesiones de bienes y rentas de la Intendencia o Comisaría y los que creen servicios a cargo de las mismas entidades territoriales o los traspasen a éstas, cuya iniciativa corresponde al Intendente o Comisario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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