Micelio

Artículo 55

Decreto 476 de 1889 · Orgánico del Ministerio de Fomento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 55. También es prohibido a los particulares solicitar empleos en los ramos de fomento y obras públicas; pues aquéllos no están destinados á pagar servicios anteriores, por importantes que ellos hayan sido, ni hacer obras de caridad, sino á dar ocupación á los individuos que por sus conocimientos y aptitudes puedan prestar más ventajosa y útilmente sus servicios al país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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