Micelio

Artículo 10

Investigación Integral En Cáncer

Ley 2599 de 2026 · Por medio de la cual el Gobierno nacional actualizará e implementará la política pública integral que garantice la cobertura universal en materia de promoción, prevención, detección, diagnóstico, atención, tratamiento y cuidados paliativos del cáncer y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Salud y Protección Social, en articulación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Instituto Nacional de Cancerología, el Instituto Nacional de Salud, el IETS, las entidades territoriales, las instituciones de educación superior, los centros de investigación y las IPS, promoverá y fortalecerá la investigación en cáncer en todos sus niveles, desde la investigación básica y trasnacional hasta la investigación clínica, epidemiológica, de servicios de salud y salud pública, con el fin de generar evidencia para mejorar la prevención, la detección temprana, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación, los cuidados paliativos y los resultados en salud.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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