Micelio

Artículo 5

Transitorio

Decreto 3250 de 2011 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 48 de la Ley 863 de 2003.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Transitorio . La totalidad de recursos que se encuentren pendientes de distribución entre las cuentas de las entidades territoriales con corte a 31 de diciembre de 2010, se distribuirán entre las cuentas de las mismas, atendiendo los criterios señalados en el artículo 1° del presente decreto a la fecha de la distribución. Para el efecto, la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social -DRESS- del Ministerio de Hacienda y Crédito Público remitirá al Departamento Nacional de Planeación, durante los quince días siguientes a la fecha de expedición del presente decreto, la actualización del pasivo pensional a diciembre de 2010, junto con la demás información requerida para la distribución. De igual manera el Departamento Nacional de Planeación informará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el resultado de la distribución de estos recursos entre las cuentas de las entidades territoriales en el Fonpet y a las entidades territoriales beneficiarias mediante comunicación escrita y publicación en página web.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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