El Gobierno sostendrá e incrementará con fondos del Tesoro Público, como obras benéficas dignas de estímulo y apoyo ( Ley 11 de 1967 ) esos monumentos, reconstruyendo la Casa Colonial y adaptándola para un Centro Cultural de bienestar social en el cual también se recojan y ordenen los archivos de la ciudad y remodelando el Santuario de la Niña María, a fin de que esos monumentos sean motivo de estímulo y atracción para la histórica ciudad.
Ley 18 de 1972 →Vigente
Artículo 3
Ley 18 de 1972 · Por la cual la Nación se asocia a hechos históricos en la ciudad de Caloto, de declaran unos monumentos nacionales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.