Micelio

Artículo 3

Ley 18 de 1972 · Por la cual la Nación se asocia a hechos históricos en la ciudad de Caloto, de declaran unos monumentos nacionales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno sostendrá e incrementará con fondos del Tesoro Público, como obras benéficas dignas de estímulo y apoyo ( Ley 11 de 1967 ) esos monumentos, reconstruyendo la Casa Colonial y adaptándola para un Centro Cultural de bienestar social en el cual también se recojan y ordenen los archivos de la ciudad y remodelando el Santuario de la Niña María, a fin de que esos monumentos sean motivo de estímulo y atracción para la histórica ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1972