Para desempeñar el cargo de defensor de oficio o de vocero en audiencia dentro de los procesos penales, los estudiantes de Derecho deberán acreditar la aprobación de los cursos de derecho penal y de procedimiento penal con certificado de Universidad oficialmente reconocida.
Decreto 764 de 1970 →Vigente
Artículo 14
Para Desempeñar El Cargo De Defensor De Oficio O De Vocero En Audiencia Dentro De Los Procesos Penales, Los Estudiantes De Derecho Deberán Acreditar La Aprobación De Los Cursos De Derecho Penal Y De Procedimiento Penal Con Certificado De Universidad Oficialmente Reconocida
Decreto 764 de 1970 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 320 de 1970
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.