Micelio

Artículo 9

Ley 25 de 1981 · por la cual se crea la Superintendencia del Subsidio Familiar y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Estudios y Control:

a)

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de las dependencias a su cargo;

b)

Programar el control administrativo sobre las entidades vigiladas;

c)

Programar las normas generales que han de servir de base a la organización y funcionamiento de los servicios y programas sociales de las entidades vigiladas;

d)

Estudiar y tramitar los planes de inversión y constitución de servicios sociales de las entidades vigiladas;

e)

Absolver las consultas que se presenten en relación con las normas legales sobre subsidio familiar y estatutarias sobre instituciones sometidas a su control;

f)

Reconocer y ordenar el registro de los miembros de los Consejos Directivos, representantes legales y revisores fiscales de las instituciones sometidas a su control;

g)

Estudiar y tramitar el reconocimiento, suspensión y cancelación de las personerías jurídicas de las instituciones sometidas al control de la Superintendencia;

h)

Estudiar y tramitar la aprobación y reforma de los estatutos de las instituciones sometidas a su control;

i)

Asesorar al Superintendente del Subsidio Familiar en el estudio y solución de los problemas propios de la entidad;

j)

Ejercer las demás funciones que le confiere la ley o le sean adscritas o delegadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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