Micelio

Artículo 13

El Jefe De La Misión Que Al Llegar A Su Destino Carezca De Residencia Ya Contratada, Tendrá Derecho A Recibir, Por Un Tiempo Prudencial, Una Partida Para Gastos De Alojamiento Mientras Se Instala A Virtud De Contrato

Decreto 906 de 1962 · Por el cual se reglamenta los gastos de arrendamiento y de sostenimientos de inmuebles para las Misiones Diplomáticas en el Exterior

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Jefe de la Misión que al llegar a su destino carezca de residencia ya contratada, tendrá derecho a recibir, por un tiempo prudencial, una partida para gastos de alojamiento mientras se instala a virtud de contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 906 de 1962