° Las decisiones a que llegue la junta de licitaciones en cada reunión deberán constar en acta, que suscribirán sus miembros y los postores presentes que lo deseen, según el caso.
Decreto 766 de 1977 →Vigente
Artículo 4
Las Decisiones A Que Llegue La Junta De Licitaciones En Cada Reunión Deberán Constar En Acta, Que Suscribirán Sus Miembros Y Los Postores Presentes Que Lo Deseen, Según El Caso
Decreto 766 de 1977 · Por el cual se reestructura la Junta de Licitaciones del Ministerio de Justicia y se determinan sus funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.