Transferencia de Procesos Disciplinarios . Los procesos disciplinarios que viene conociendo por competencia la Registraduría Nacional del Estado Civil, en los cuales los sujetos disciplinarios sean servidores o ex servidores cuyas funciones estaban relacionadas con el Consejo Nacional Electoral serán transferidos dentro de los (3) meses siguientes al Consejo, en el estado procesal en que se encuentren, lo cual constará en las Actas que se suscriban para el efecto.
Decreto 2085 de 2019 →Vigente
Artículo 31
Transferencia De Procesos Disciplinarios
Decreto 2085 de 2019 · por el cual se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.