El presente Acuerdo surte efectos fiscales a partir del 1.° de mayo del presente año tanto para los actuales empleados de la Caja de Previsión Social que en esa fecha estuvieren vinculados, como para los actuales funcionarios de la Superintendencia Bancaria que desde la misma fecha estuvieren prestando sus servicios en la Caja y no hayan sido incorporados en la planta establecida por el Decreto 812 de 1976, siempre y cuando unos y otros fueren incorporados en la planta de personal que este Acuerdo establece. Para quienes hubieren ingresado con posterioridad a esa fecha, este Acuerdo surtirá Afectes fiscales a partir de la fecha de su vigencia.
Decreto 2709 de 1976 →Vigente
Artículo 9
Decreto 2709 de 1976 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.