Micelio

Artículo 3

Las Armas Se Diferenciarán Entre Sí Por Medio De Los Pequeños Distintivos De Que Se Trata En La Descripción De Las Prendas, Así: De Color Rojo Para La Infantería; Amarillo Para La Caballería; Negro Para La Artillería; Azul Celeste Para Los Ingenieros Y La Aviación; Verde Bosque Para El Tren, Y Gris Plomo Para Los Oficiales De Sanidad, Veterinarios Y Oficiales De Administración

Decreto 364 de 1925 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las armas se diferenciarán entre sí por medio de los pequeños distintivos de que se trata en la descripción de las prendas, así: de color rojo para la Infantería; amarillo para la Caballería; negro para la Artillería; azul celeste para los Ingenieros y la Aviación; verde bosque para el Tren, y gris plomo para los Oficiales de Sanidad, Veterinarios y Oficiales de Administración. Los Oficiales de Estado Mayor llevarán como distintivo especial un cordón forrajero corto, dorado mate, con pasador y puntas metálicas opacas en forma de lapicero. Este cordón irá colgado del cuello a la hombrera (o charretera) izquierda. II Uniforme de parada y sociedad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 364 de 1925