° La nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos que integran la organización electoral y el régimen de sus prestaciones sociales, se rigen por las normas legales vigentes sobre la materia y demás disposiciones que para el efecto se expidan.
Decreto 1187 de 1986 →Vigente
Artículo 2
La Nomenclatura, Clasificación Y Remuneración De Los Empleos Que Integran La Organización Electoral Y El Régimen De Sus Prestaciones Sociales, Se Rigen Por Las Normas Legales Vigentes Sobre La Materia Y Demás Disposiciones Que Para El Efecto Se Expidan
Decreto 1187 de 1986 · por el cual se dicta el Estatuto de Personal aplicable a los servidores de la organización electoral.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.