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Artículo 7

Para Viáticos De Gastos De Transporte De Los Empleados De La Presidencia De La República, Cuando Viajen En Comisione Oficiales, En El Año $ 15

Decreto 2405 de 1954 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Presidencia de la República y Ministerio de Gobierno)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. Presidencia de la República. CAPITULO 1° Presidencia-Personal y Material. A1a. Del artículo 7° Para viáticos de gastos de transporte de los empleados de la Presidencia de la República, cuando viajen en comisione oficiales, en el año $ 15.000.00 CAPITULO 2° Dirección Nacional de Planeación Económica y Físcal. A2a. Del artículo 17. Para sueldos y honorarios que ocasione la asistencia técnica de expertos enviados por organismos internacionales, en el año 15.000.00 A1a. Del artículo 19. Para viáticos y gastos de transporte del personal de nómina de la Dirección Nacional de Planeación Económica y Fiscal y de expertos enviados por organismos internacionales y los de la Dirección, cuando viajen en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores 1.500.00 31.500.00 Ministerio de Gobierno. CAPITULO 5° Congreso Nacional. A1a. Del artículo 6. Para útiles de escritorio y papelería del Congreso Nacional, en el año 10.000.00 Suman los contracréditos $ 41.500.00 Presidencia de la República. CAPITULO 1° Presidencia-Personal y Material. C1a (b). Al artículo 4°. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio de la Presidencia de la República, en la presente vigencia y anteriores $ 3.000.00 A1a. Al artículo 5° Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes a este servicio de los Vehículos de la Presidencia de la República, en la presente vigencia y anteriores 5.000.00 A2a. Al artículo 14. Para el pago de días feriados a los empleados de la Presidencia de la República, cuando las necesidades del servicio asi lo exijan, en el año 2.000.00 A1a. Al artículo 15. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos anteriores, en el año 5.000.00 CAPITULO 2° Dirección Nacional de Planeación Económica y Fiscal. C1a (a). Al artículo 20. P a r a compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina, en el año 15.000.00 Ala. Al artículo 25. Para servicio telefónico local, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 1.500.00 31.500.00 Ministerio de Gobierno. CAPITULO 5° Congreso Nacional. Ala. Al artículo 68. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores del Congreso Nacional no comprendidos en los artículos anteriores, en el año 10.000.00 Suman los créditos $ 41.500.00

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Historia constitucional

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