Micelio

Artículo 1

Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Área Técnico-Científica Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica

Decreto 162 de 1984 · Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del área técnico científico del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del área Técnico-científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. Grado Asignación Básica 1 35.800 2 38.000 3 41.050 4 44.350 5 47.350 6 50.700 7 53.750 8 56.800 9 59.650 10 62.550 11 65.550 12 68.400 13 71.400 14 75.000 15 77.900 16 81.150 17 84.150 18 86.900 19 90.200 20 93.050 21 96.300 22 99.550 23 102.800 24 105.950 25 109.100 26 112.250 27 115.200 28 118.150 29 121.000 30 123.600 31 126.650 32 128.650 33 130.950 34 133.200 35 135.300

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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