Las entidades territoriales que no hayan ejecutado a 31 de diciembre de 2018 los recursos provenientes de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas de que trata el artículo 7º de la Ley 1493 de 2011 , girados por el Ministerio de Cultura a los municipios y distritos en las vigencias fiscales 2012, 2013 y 2014, deberán reintegrarlos a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público junto con los rendimientos financieros generados por los recursos no ejecutados, a más tardar el día 30 de junio de 2019.
El Ministerio de Hacienda los retornará, a través del Ministerio de Cultura, para que este los distribuya entre las entidades territoriales para el mismo fin, dentro de los 3 meses siguientes.