Ley 110 de 1914 · Sobre protección de la propiedad industrial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La enseña es una designación emblemática o nominal por la cual la casa o el establecimiento que la posee se distingue de las otras casas o establecimientos comerciales.
Parágrafo
Lo que se dice del nombre se dice también de la enseña y de los títulos o rótulos.
De la competencia desleal.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.