Micelio

Artículo 3

Ley 25 de 1948 · Por la cual se auxilian las Escuelas de Servicio Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Presupuesto de la próxima vigencia se apropiarán las partidas necesarias para atender al cumplimiento de la presente Ley, y en caso de no hacer, autorizase al Gobierno para hacer los traslados y apropiaciones respectivas dentro del mismo Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 25 de 1948