Micelio

Artículo 38

Ley 1 de 1992 · por la cual se provee la organización y funcionamiento de las juntas administradoras locales, en el Distrito Capital.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son recursos de cada fondo:

a)

Las sumas que conforme al Artículo 35 de la presente Ley se asignen a la respectiva localidad;

b)

Las sumas que a cualquier otro título se apropien para la correspondiente localidad en el presupuesto del Distrito Capital y en los de las entidades descentralizadas de Santafé de Bogotá o de cualquier otra entidad pública;

c)

El producto de las operaciones que realice y los demás bienes que adquiera como persona jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1 de 1992