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Artículo 8

º El Empleado Judicial Que Durante El Período De Prueba No Obtenga Calificación Satisfactoria De Conformidad Con Las Disposiciones Del Presente Decreto, Deberá Ser Retirado Del Servicio

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El empleado judicial que durante el período de prueba no obtenga calificación satisfactoria de conformidad con las disposiciones del presente Decreto, deberá ser retirado del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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