Micelio

Artículo 9

Son Funciones De La División De Desarrollo Social Y Comunitario: A) Dinamizar Los Procesos Organizativos De La Comunidad En Formas Asociativas Para La Producción De Bienes Y Servicios, A Través De Cooperativas O Empresas, Procurando La Creación De Una Estructura Económica Y Social Relativamente Nueva Para La Región

Decreto 1033 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 035 de 1987, que modifica la Estructura Orgánica del Fondo de Reconstrucción "Resurgir" y se determina las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones de la División de Desarrollo Social y Comunitario

a)

Dinamizar los procesos organizativos de la comunidad en formas asociativas para la producción de bienes y servicios, a través de cooperativas o empresas, procurando la creación de una estructura económica y social relativamente nueva para la región.

b)

Desarrollar los planes y programas interdisciplinarios tendientes a convertir los albergues en centros de apoyo de un proceso de readaptación del individuo a su territorio y a los recursos productivos.

c)

Establecer y complementar los servicios sociales a que tenían acceso los habitantes de la zona afectada.

d)

Coordinar las acciones interinstitucionales que garanticen a los damnificados una correcta y oportuna atención médica, incluyendo su rehabilitación física y la salud mental.

e)

Orientar la gestión de los coordinadores de los comités interinstitucionales vinculados a esta área de operación.

f)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. Subgerencia Financiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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