Dirección General de Regulación Financiera . Son funciones de la Dirección General de Regulación Financiera, las siguientes
Formular recomendaciones al Ministro y al Viceministro Técnico acerca de las políticas y medidas de carácter general que deban tomarse en relación con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público con sujeción a los objetivos determinados en la ley y a los objetivos generales de la política económica.
Formular recomendaciones al Ministro y al Viceministro Técnico acerca de las políticas y medidas de carácter general que deban tomarse en relación con el sector financiero y asegurador.
Formular recomendaciones al Ministro y al Viceministro Técnico acerca de las políticas y contribuir a la adopción de medidas de carácter general que deban tomarse en relación con el mercado público de valores.
Formular recomendaciones al Ministro y al Viceministro Técnico acerca de las políticas y contribuir a la adopción de medidas de carácter general tendientes a promover la democratización del crédito y evitar prácticas discriminatorias o restrictivas ajenas a la política de crédito.
Formular recomendaciones al Ministro y al Viceministro Técnico acerca de la regulación que deba adoptarse en relación con las organizaciones de la Economía Solidaria Financieras.
Elaborar proyectos de ley, de decreto y de acto administrativo de carácter general, en desarrollo de la función de la intervención del Estado en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro de terceros o captado del público con el fin de proteger a los ahorradores, inversionistas y fomentar usos y prácticas sanas dentro de este mercado.
Preparar normas que amplíen los mecanismos de regulación prudencial con el fin de adecuar la regulación a los parámetros internacionales.
Efectuar seguimiento del comportamiento de los mercados financiero, asegurador, bursátil y cooperativo financiero.
Representar a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público previa delegación del Ministro, en los distintos procesos que se adelanten en contra de la entidad ante autoridades administrativas y jurisdiccionales, relacionados con los asuntos de su competencia y que no hayan sido asignados a otra dependencia, así como efectuar el seguimiento y control de los mismos y mantener actualizado el registro de los procesos que le hayan sido asignados.
Participar en las reuniones de los Organismos Internacionales en las que se negocien compromisos del país en materias afines o relacionadas con las funciones de la Dirección, previa delegación del Ministro.
Las demás funciones que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.