°. Aumentar la diferencia entre el valor del Presupuesto Per Cápita para el Sector Defensa (PPCD) y la Unidad de Pago por Capitación del Sistema General de Seguridad Social en Salud de la Ley 100 de 1993 (UPC), del veinte por ciento (20%) al veinticinco por ciento (25%) para apoyar a la financiación del Plan de Servicios de Sanidad Militar de los afiliados cotizantes y sus beneficiarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares a partir de la vigencia 2015.
Artículo 2
Aumentar La Diferencia Entre El Valor Del Presupuesto Per Cápita Para El Sector Defensa (Ppcd) Y La Unidad De Pago Por Capitación Del Sistema General De Seguridad Social En Salud De La Ley 100 De 1993 (Upc), Del Veinte Por Ciento (20%) Al Veinticinco Por Ciento (25%) Para Apoyar A La Financiación Del Plan De Servicios De Sanidad Militar De Los Afiliados Cotizantes Y Sus Beneficiarios Del Subsistema De Salud De Las Fuerzas Militares A Partir De La Vigencia 2015
Decreto 2698 de 2014 · por el cual se define el incremento del Presupuesto Per Cápita para el Sector Defensa (PPCD) que debe ser reconocido por el Gobierno Nacional para financiar el Plan de Servicios de Sanidad Militar y se incrementa el porcentaje del aporte para los servicios médicos derivados de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional (ATEP) para el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.