La Evaluación De Protección De Un Determinado Buque O Buques De Una Misma Compañía Podrá Ser Elaborada Por La Compañía O La Organización De Protección Reconocida, Opr, Previamente Autorizada Por La Dirección General Marítima, Dimar, Para Tal Efecto, Siguiendo Los Lineamientos Establecidos En Las Partes A Y B Del Código Internacional Para La Protección De Los Buques Y Las Instalaciones Portuarias, Pbip
Decreto 730 de 2004 · por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo XI -2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar de 1974 –SOLAS– aprobado mediante la Ley 8ª de 1980.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La Evaluación de Protección de un determinado buque o buques de una misma Compañía podrá ser elaborada por la Compañía o la Organización de Protección Reconocida, OPR, previamente autorizada por la Dirección General Marítima, Dimar, para tal efecto, siguiendo los lineamientos establecidos en las partes A y B del Código Internacional para la Protección de los Buques y las Instalaciones Portuarias, PBIP. La Evaluación de Protección consiste fundamentalmente en un análisis del riesgo de todos los aspectos del funcionamiento del buque, para determinar qué partes de él son más susceptibles, y/o el objetivo más probable para ocasionar un incidente de Protección.
Parágrafo 1
Es responsabilidad de la compañía documentar, revisar, aceptar y conservar la evaluación de la protección del buque, por el término de cinco (5) años.
Parágrafo 2
La Compañía deberá presentar el informe de la Evaluación de Protección ante la Autoridad Marítima Nacional. CAPITULO III Plan de Protección del Buque
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.