Cuando se trate de planes de inversión integrada o que por su cuantía y complejidad requieran una programación especial, las entidades prestamistas o el Fondo Financiero Agropecuario podrán exigir estudios de factibilidad que los justifiquen técnica y económicamente. El costo de tales estudios podrá financiarse con préstamos que podrán, redes contarse en el Fondo Financiero Agropecuaria. DISPOSICIONES TRIBUTARIAS Adecuación de tierras.
Decreto 1562 de 1973 →Vigente
Artículo 104
Cuando Se Trate De Planes De Inversión Integrada O Que Por Su Cuantía Y Complejidad Requieran Una Programación Especial, Las Entidades Prestamistas O El Fondo Financiero Agropecuario Podrán Exigir Estudios De Factibilidad Que Los Justifiquen Técnica Y Económicamente
Decreto 1562 de 1973 · Reglamentario de la Ley 5ª de 1973 y del artículo 43 de la ley 26 de 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.