Micelio

Artículo 32

Decreto 90 de 1988 · por el cual se modifica parcialmente el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del Orden Nacional, se fijan las escalas de remuneración correspondiente a dichos empleos y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los Decretos leyes 712 y 1044 de 1978,156, 63, 195, 90, 591, 593, 596 y 1164 de 1987, modifica en lo pertinente los Decretos leyes 1042 de 1978 y 50 de 1981, y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1988, salvo lo dispuesto en el artículo 7º del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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