Autorízase a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y/o al Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura (Fondes), a capitalizar a la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN), hasta por el monto que sea necesario para, como mínimo, mantener la participación accionaria pública actual en dicha entidad. En caso de que la capitalización sea adelantada por la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los recursos podrán provenir de la Cuenta Especial Fondes creada por el artículo 144 de la Ley 1753 de 2015 y no requerirá de operación presupuestal alguna.
Decreto 2236 de 2017 →Vigente
Artículo 138
Autorízase A La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y/O Al Fondo Nacional Para El Desarrollo De La Infraestructura (Fondes), A Capitalizar A La Financiera De Desarrollo Nacional (Fdn), Hasta Por El Monto Que Sea Necesario Para, Como Mínimo, Mantener La Participación Accionaria Pública Actual En Dicha Entidad
Decreto 2236 de 2017 · Por el cual se liquida el Presupuesto General de la NaciÃ?³n para la vigencia fiscal de 2018, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.