Micelio

Artículo 57

Ley 134 de 1931 · Sobre sociedades cooperativas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo socio puede retirarse de la sociedad mientras ésta no se haya resuelto los estatutos regirán las condiciones para el ejercido del derecho de retiro voluntario y de los socios y para su exclusión y la forma y términos en que deben hacérseles la devolución y pago de los aportes v beneficios que les corresponda.

Los socios salientes por cualquier causa, no tendrán derecho Individuad alguno sobre las reservas sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 134 de 1931