Micelio

Artículo 5

Ley 94 de 1927 · por la cual se crean catorce becas en Europa para el estudio de las bellas artes, se ceden dos edificios y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno para celebrar con el Departamento de Cundinamarca el contrato necesario para que la nación adquiera el terreno y las edificaciones que este Departamento ofrece cederle por la Ordenanza número 53 del año 1927 (artículo 3°).

Al otorgarse la escritura pública que debe perfeccionar el contrato, se cumplirán las prescripciones constitucionales y legales. El contrato así celebrado no necesitará de ulterior aprobación del Congreso y estará exento de toda clase de impuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 94 de 1927